Abogados Ley de Segunda Oportunidad en Carboneras de Guadazaón


En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Carboneras de Guadazaón.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com estamos especializados en aplicar la Ley de Segunda Oportunidad en Carboneras de Guadazaón , la cual es una de las mejores leyes creadas recientemente, donde siguiendo unos determinados pasos, será posible que usted elimine judicialmente toda su deuda.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Si, es posible, la Ley de Segunda Oportunidad, se creo por primera vez en EEUU, con la intención de que los ciudadanos que se vieran afectados por la crisis económica, y que esta les obligó a no poder pagar sus obligaciones económicas con las entidades o sujetos con los que tenia una deuda, pudieran eliminar su deuda y volver a empezar. Al Estado no le interesa tener a ciudadanos fuera del sistema, que se ven en la obligación de trabajar en la economía sumergida, y no pagar impuestos. No pagar impuestos va en contra de los intereses del Estado, por tanto, interesa en gran medida que se paguen impuestos por del mayor número de ciudadanos.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento consta de 2 fases muy diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde se intenta llegar a un acuerdo de pago con los acreedores, con la propuesta de plan de pagos y viabilidad realizada por nosotros y que suele aplicar una importante quita (eliminación de parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Si es posible llegar a un acuerdo con los acreedores, este se firma  en notaría y usted comienza a pagar de forma mensual, según lo acordado. En caso de que no sea posible el acuerdo, pasamos a la segunda fase del procedimiento, que será la de concurso consecutivo, donde ya en vía judicial se procederá a iniciar su expediente con las diferentes fases judiciales, y con la finalidad de llegar a la sentencia final de exoneración o eliminación de su deuda. Usted, con total seguridad que cumple con los requisitos exigidos, ya que la gran mayoría de ciudadanos endeudados, los cumplen.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, con total seguridad, sus embargos se paralizarán, ya sea al iniciar el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o posteriormente con la declaración del concurso consecutivo. Dependiendo del tipo de embargo que usted tenga, será necesario esperar o no a la declaración de concurso consecutivo, pero sus embargos serán paralizados con total seguridad.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

Este tipo de procedimiento es necesario inciiarlo obligatoriamente con ABOGADO, especialista en la Ley de Segunda Oportunidad. En ElimineDeuda.com somos abogados especialistas en dicha ley, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario nos requerirá una serie de documentación, y con ella, procederá a iniciar su expediente, donde se solicitará a través del listado de mediadores concursales del Ministerio de Justicia, la designa de un mediador concursal que gestionará su asunto. Este procederá a mediar entre usted y los acreedores, con la intención de llegar a un acuerdo de pagos.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

El acuerdo será consensuado con usted y nunca será superior a sus posibilidades y situación económica, siempre se llegará a un posible acuerdo que usted haya autorizado, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir. Un ejemplo de acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es importante “intentar” llegar a un acuerdo, y tenga en cuenta que he dicho “intentar”, debido a que este intento es  de enorme importancia para que finalmente, el Juezo o Jueza proceda a eliminar o exonerar su deuda. En una reciente sentencia del Tribunal Supremo se ha tenido muy en cuenta que el intento de llegar a dicho acuerdo haya sido efectivo, y que por parte del deudor se haya intentado totalmente.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, así es, existen multitud de sentencias que dictan la eliminación de las deudas de personas, familias y autónomos. Aunque se trata de una Ley muy reciente, del año 2015, ya tenemos sentencias que son favorables al deudor, y sus deudas son eliminadas en su totalidad, pero es indispensable ser asesorados por abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, y cumplir todos los requisitos, y seguir paso a paso todo el procedimiento.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Carboneras de Guadazaón.

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