En ElimineDeuda.com somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad en Carcedo de Bureba, y procedemos a actuar en favor de nuestros clientes aplicando dicha ley, la cual exige ciertos requisitos, asequibles para la gran mayoría de personas, y conseguimos que su deuda sea eliminada.
Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.
Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.
pida presupuesto1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona?
Pues si, es totalmente legal y posible. La Ley de Segunda Oportunidad no es nueva, se creo hace unos 100 años en EEUU. El gobierno americano necesitaba que los ciudadanos endeudados vuelvan a estar dentro del sistema. Una persona endeudada se le obliga a permanecer fuera del sistema económico lo que le impide acceder al crédito, tiene deudas y suele estar en listados de morosos, no puede tener cuentas bancarias y se le obliga a trabajar en negro, sin cotizar, y sin pagar impuestos al gobierno. Esto es inaceptable para un estado, por tanto, el gobierno americano debía buscar una solución, a fin de que esos ciudadanos vuelvan a pagar impuestos y estar dentro del sistema fiscal. Así las cosas, creo esta Ley, que permitía y permite eliminar totalmente las deudas.
2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?
Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.
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3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
El procedimiento consta de 2 fases claramente diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde después de plantear un plan de pagos y viabilidad a todos los acreedores, se intenta llegar a un acuerdo de pago, donde se suele aplicar una importante quita (eliminación de gran parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Desde ElimineDeuda.com nos encargamos de todo, de realizar el plan de pagos y viabilidad, que acordaremos con usted, de enviárselo al mediador concursal designado, y de gestionar todo su expediente, a fin de conseguir la exoneración o eliminación de su deuda. La siguiente fase sería la de concurso consecutivo, ya en vía judicial, y que se llegaría si no fuera posible un acuerdo en la fase de mediación. Usted cumple con total seguridad los requisitos, ya que estos los cumplen la gran mayoría de ciudadanos endeudados.
pida presupuesto4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.
Si, así es, se procederá a paralizar sus embargos, ya sea al inicio del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o con la posterior declaración de concurso consecutivo. Pero sus embargos en nómina o en pagos recibidos de terceros, si es autónomo, serán paralizados.
pida presupuesto5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.
Este tipo de procedimiento es necesario iniciarlo con un ABOGADO experto en Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario se encargará de designar un mediador concursal a través del listado de mediadores concursales de que dispone el Ministerio de Justicia, y en espera de que este acepte el cargo. Una vez tengamos mediador concursal designado, este intentará mediar, entre nosotros y los acreedores, de forma que, con nuestra aportación de su plan de pagos y viabilidad, proceda a trasladarlo a los acreedores, y con la intención de llegar a un acuerdo.
pida presupuesto6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?
El acuerdo que se plantea siempre será acordado con usted, es decir, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir, o que le imposibilite su vida diaria. El acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.
pida presupuesto7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?
Si, es muy importante “intentar” llegar a dicho acuerdo, ya que el Juez o Jueza lo tendrán muy en cuenta a fin de proceder a eliminar o exonerar su deuda. Se tiene en consideración la voluntad del deudor en intentar acordar con un plan de pagos consecuente y viable.
pida presupuesto8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?
Si, tenemos multitud de sentencias que dictan la eliminación o exoneración de las deudas de personas, familias o autónomos. Pero es indispensable contar con el asesoramiento profesional por abogados de Ley de Segunda Oportunidad, ya que se deberán cumplir ciertos pasos que la Ley exige, a fin de conseguir finalmente la eliminación de su deuda y que usted pueda volver a empezar.
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