Abogados Ley de Segunda Oportunidad en Junta de Villalba de Losa


En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Junta de Villalba de Losa.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com estamos especializados en aplicar la Ley de Segunda Oportunidad en Junta de Villalba de Losa , la cual es una de las mejores leyes creadas recientemente, donde siguiendo unos determinados pasos, será posible que usted elimine judicialmente toda su deuda.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Si, es posible, la Ley de Segunda Oportunidad, se creo por primera vez en EEUU, con la intención de que los ciudadanos que se vieran afectados por la crisis económica, y que esta les obligó a no poder pagar sus obligaciones económicas con las entidades o sujetos con los que tenia una deuda, pudieran eliminar su deuda y volver a empezar. Al Estado no le interesa tener a ciudadanos fuera del sistema, que se ven en la obligación de trabajar en la economía sumergida, y no pagar impuestos. No pagar impuestos va en contra de los intereses del Estado, por tanto, interesa en gran medida que se paguen impuestos por del mayor número de ciudadanos.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento consta de 2 fases muy diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde se intenta llegar a un acuerdo de pago con los acreedores, con la propuesta de plan de pagos y viabilidad realizada por nosotros y que suele aplicar una importante quita (eliminación de parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Si es posible llegar a un acuerdo con los acreedores, este se firma  en notaría y usted comienza a pagar de forma mensual, según lo acordado. En caso de que no sea posible el acuerdo, pasamos a la segunda fase del procedimiento, que será la de concurso consecutivo, donde ya en vía judicial se procederá a iniciar su expediente con las diferentes fases judiciales, y con la finalidad de llegar a la sentencia final de exoneración o eliminación de su deuda. Usted, con total seguridad que cumple con los requisitos exigidos, ya que la gran mayoría de ciudadanos endeudados, los cumplen.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, así es, se procederá a paralizar sus embargos, ya sea al inicio del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o con la posterior declaración de concurso consecutivo. Pero sus embargos en nómina o en pagos recibidos de terceros, si es autónomo, serán paralizados.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

Este tipo de procedimiento es necesario iniciarlo con un ABOGADO experto en Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario se encargará de designar un mediador concursal a través del listado de mediadores concursales de que dispone el Ministerio de Justicia, y en espera de que este acepte el cargo. Una vez tengamos mediador concursal designado, este intentará mediar, entre nosotros y los acreedores, de forma que, con nuestra aportación de su plan de pagos y viabilidad, proceda a trasladarlo a los acreedores, y con la intención de llegar a un acuerdo.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

El acuerdo que se plantea siempre será acordado con usted, es decir, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir, o que le imposibilite su vida diaria. El acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es importante “intentar” llegar a un acuerdo, y tenga en cuenta que he dicho “intentar”, debido a que este intento es  de enorme importancia para que finalmente, el Juezo o Jueza proceda a eliminar o exonerar su deuda. En una reciente sentencia del Tribunal Supremo se ha tenido muy en cuenta que el intento de llegar a dicho acuerdo haya sido efectivo, y que por parte del deudor se haya intentado totalmente.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, tenemos multitud de sentencias que dictan la eliminación o exoneración de las deudas de personas, familias o autónomos. Pero es indispensable contar con el asesoramiento profesional por abogados de Ley de Segunda Oportunidad, ya que se deberán cumplir ciertos pasos que la Ley exige, a fin de conseguir finalmente la eliminación de su deuda y que usted pueda volver a empezar.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Junta de Villalba de Losa.

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