Abogados Ley de Segunda Oportunidad en Obanos


En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Obanos.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad en Obanos, y procedemos a actuar en favor de nuestros clientes aplicando dicha ley, la cual exige ciertos requisitos, asequibles para la gran mayoría de personas, y conseguimos que su deuda sea eliminada.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Pues si, es totalmente legal y posible. La Ley de Segunda Oportunidad no es nueva, se creo hace unos 100 años en EEUU. El gobierno americano necesitaba que los ciudadanos endeudados vuelvan a estar dentro del sistema. Una persona endeudada se le obliga a permanecer fuera del sistema económico lo que le impide acceder al crédito, tiene deudas y suele estar en listados de morosos, no puede tener cuentas bancarias y se le obliga a trabajar en negro, sin cotizar, y sin pagar impuestos al gobierno. Esto es inaceptable para un estado, por tanto, el gobierno americano debía buscar una solución, a fin de que esos ciudadanos vuelvan a pagar impuestos y estar dentro del sistema fiscal. Así las cosas, creo esta Ley, que permitía y permite  eliminar totalmente las deudas.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento consta de 2 fases claramente diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde después de plantear un plan de pagos y viabilidad a todos los acreedores, se intenta llegar  a un acuerdo de pago, donde se suele aplicar una importante quita (eliminación de gran parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Desde ElimineDeuda.com nos encargamos de todo, de realizar el plan de pagos y viabilidad, que acordaremos con usted, de enviárselo al mediador concursal designado, y de gestionar todo su expediente, a fin de conseguir la exoneración o eliminación de su deuda. La siguiente fase sería la de concurso consecutivo, ya en vía judicial, y que se llegaría si no fuera posible un acuerdo en la fase de mediación. Usted cumple con total seguridad los requisitos, ya que estos los cumplen la gran mayoría de ciudadanos endeudados.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, así es, se procederá a paralizar sus embargos, ya sea al inicio del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o con la posterior declaración de concurso consecutivo. Pero sus embargos en nómina o en pagos recibidos de terceros, si es autónomo, serán paralizados.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

El procedimiento a fin de aplicar la Ley de Segunda Oportunidad se ha de iniciar con ABOGADO especializado en la Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario iniciará un acta de solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos, de forma que con el inicio de su expediente, y aportando toda la documentación requerida, se solicitará la designación de un mediador concursal, a través del listado de mediadores concursales del Ministerio de Justicia, y una vez este mediador concursal acepte el cargo, se iniciará el procedimiento. Este mediador concursal, nos requerirá que nosotros, como sus abogados, le aportemos un plan de pagos y viabilidad. Con este plan de pagos y viabilidad, dicho mediador concursal contactará con todos los acreedores e intentará llegar a un acuerdo de pago con ellos.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

Siempre se llegará a un posible acuerdo que usted haya autorizado, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir, o que le imposibilite su vida diaria por ser demasiado alto e inasumible por su situación económica. El acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es muy importante “intentar” llegar a dicho acuerdo, ya que el Juez o Jueza lo tendrán muy en cuenta a fin de proceder a eliminar o exonerar su deuda. Se tiene en consideración la voluntad del deudor en intentar acordar con un plan de pagos consecuente y viable.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, tenemos multitud de sentencias que dictan la eliminación o exoneración de las deudas de personas, familias o autónomos. Pero es indispensable contar con el asesoramiento profesional por abogados de Ley de Segunda Oportunidad, ya que se deberán cumplir ciertos pasos que la Ley exige, a fin de conseguir finalmente la eliminación de su deuda y que usted pueda volver a empezar.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Obanos.

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