Abogados Ley de Segunda Oportunidad en Ocón


En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Ocón.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com somos abogados expertos en aplicar la Ley de Segunda Oportunidad en Ocón, e iniciamos el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos, de forma que siguiendo todo el procedimiento paso a paso y cumpliendo una serie de requisitos (requisitos que la gran mayoría cumplen), usted podrá eliminar su deuda, por vía judicial, y de forma totalmente legal.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Pues si, es totalmente legal y posible. La Ley de Segunda Oportunidad no es nueva, se creo hace unos 100 años en EEUU. El gobierno americano necesitaba que los ciudadanos endeudados vuelvan a estar dentro del sistema. Una persona endeudada se le obliga a permanecer fuera del sistema económico lo que le impide acceder al crédito, tiene deudas y suele estar en listados de morosos, no puede tener cuentas bancarias y se le obliga a trabajar en negro, sin cotizar, y sin pagar impuestos al gobierno. Esto es inaceptable para un estado, por tanto, el gobierno americano debía buscar una solución, a fin de que esos ciudadanos vuelvan a pagar impuestos y estar dentro del sistema fiscal. Así las cosas, creo esta Ley, que permitía y permite  eliminar totalmente las deudas.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento consta de 2 fases muy diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde se intenta llegar a un acuerdo de pago con los acreedores, con la propuesta de plan de pagos y viabilidad realizada por nosotros y que suele aplicar una importante quita (eliminación de parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Si es posible llegar a un acuerdo con los acreedores, este se firma  en notaría y usted comienza a pagar de forma mensual, según lo acordado. En caso de que no sea posible el acuerdo, pasamos a la segunda fase del procedimiento, que será la de concurso consecutivo, donde ya en vía judicial se procederá a iniciar su expediente con las diferentes fases judiciales, y con la finalidad de llegar a la sentencia final de exoneración o eliminación de su deuda. Usted, con total seguridad que cumple con los requisitos exigidos, ya que la gran mayoría de ciudadanos endeudados, los cumplen.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, con total seguridad, sus embargos se paralizarán, ya sea al iniciar el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o posteriormente con la declaración del concurso consecutivo. Dependiendo del tipo de embargo que usted tenga, será necesario esperar o no a la declaración de concurso consecutivo, pero sus embargos serán paralizados con total seguridad.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

El procedimiento a fin de aplicar la Ley de Segunda Oportunidad se ha de iniciar con ABOGADO especializado en la Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario iniciará un acta de solicitud de acuerdo extrajudicial de pagos, de forma que con el inicio de su expediente, y aportando toda la documentación requerida, se solicitará la designación de un mediador concursal, a través del listado de mediadores concursales del Ministerio de Justicia, y una vez este mediador concursal acepte el cargo, se iniciará el procedimiento. Este mediador concursal, nos requerirá que nosotros, como sus abogados, le aportemos un plan de pagos y viabilidad. Con este plan de pagos y viabilidad, dicho mediador concursal contactará con todos los acreedores e intentará llegar a un acuerdo de pago con ellos.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

Siempre se llegará a un posible acuerdo que usted haya autorizado, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir, o que le imposibilite su vida diaria por ser demasiado alto e inasumible por su situación económica. El acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es muy importante intentar llegar a un acuerdo. Ojo, tenga en cuenta que he dicho “intentar” llegar a un acuerdo. Es muy importante dicho intento, ya que el Juez o Jueza lo revisará posteriormente y será muy importante dicho intento para conceder o no la eliminación o exoneración de su deuda. Si no se llega a un acuerdo, el procedimiento iniciará la siguiente fase, la de concurso consecutivo, donde ya en vía judicial, se procederá a gestionar su expediente en el Juzgado, con sus diferentes fases, a fin de llegar a su finalización con la esperada sentencia donde su deuda podrá ser eliminada o exonerada por vía judicial, y no solo eso, sino que sus datos personales deberán desaparecer de los listados de morosos tipo asnef y rai.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, tenemos multitud de sentencias que dictan la eliminación o exoneración de las deudas de personas, familias o autónomos. Pero es indispensable contar con el asesoramiento profesional por abogados de Ley de Segunda Oportunidad, ya que se deberán cumplir ciertos pasos que la Ley exige, a fin de conseguir finalmente la eliminación de su deuda y que usted pueda volver a empezar.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Ocón.

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