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En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Casas de Haro.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com estamos especializados en aplicar la Ley de Segunda Oportunidad en Casas de Haro , la cual es una de las mejores leyes creadas recientemente, donde siguiendo unos determinados pasos, será posible que usted elimine judicialmente toda su deuda.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Si, es posible, la Ley de Segunda Oportunidad, se creo por primera vez en EEUU, con la intención de que los ciudadanos que se vieran afectados por la crisis económica, y que esta les obligó a no poder pagar sus obligaciones económicas con las entidades o sujetos con los que tenia una deuda, pudieran eliminar su deuda y volver a empezar. Al Estado no le interesa tener a ciudadanos fuera del sistema, que se ven en la obligación de trabajar en la economía sumergida, y no pagar impuestos. No pagar impuestos va en contra de los intereses del Estado, por tanto, interesa en gran medida que se paguen impuestos por del mayor número de ciudadanos.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

El procedimiento consta de 2 fases claramente diferenciadas, la primera de ellas es la fase de mediación concursal, donde después de plantear un plan de pagos y viabilidad a todos los acreedores, se intenta llegar  a un acuerdo de pago, donde se suele aplicar una importante quita (eliminación de gran parte de la deuda) por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Desde ElimineDeuda.com nos encargamos de todo, de realizar el plan de pagos y viabilidad, que acordaremos con usted, de enviárselo al mediador concursal designado, y de gestionar todo su expediente, a fin de conseguir la exoneración o eliminación de su deuda. La siguiente fase sería la de concurso consecutivo, ya en vía judicial, y que se llegaría si no fuera posible un acuerdo en la fase de mediación. Usted cumple con total seguridad los requisitos, ya que estos los cumplen la gran mayoría de ciudadanos endeudados.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, así es, se procederá a paralizar sus embargos, ya sea al inicio del procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), o con la posterior declaración de concurso consecutivo. Pero sus embargos en nómina o en pagos recibidos de terceros, si es autónomo, serán paralizados.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

Este tipo de procedimiento es necesario iniciarlo con un ABOGADO experto en Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario se encargará de designar un mediador concursal a través del listado de mediadores concursales de que dispone el Ministerio de Justicia, y en espera de que este acepte el cargo. Una vez tengamos mediador concursal designado, este intentará mediar, entre nosotros y los acreedores, de forma que, con nuestra aportación de su plan de pagos y viabilidad, proceda a trasladarlo a los acreedores, y con la intención de llegar a un acuerdo.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

El acuerdo será consensuado con usted y nunca será superior a sus posibilidades y situación económica, siempre se llegará a un posible acuerdo que usted haya autorizado, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir. Un ejemplo de acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es importante “intentar” llegar a un acuerdo, y tenga en cuenta que he dicho “intentar”, debido a que este intento es  de enorme importancia para que finalmente, el Juezo o Jueza proceda a eliminar o exonerar su deuda. En una reciente sentencia del Tribunal Supremo se ha tenido muy en cuenta que el intento de llegar a dicho acuerdo haya sido efectivo, y que por parte del deudor se haya intentado totalmente.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, así es, existen multitud de sentencias que dictan la eliminación de las deudas de personas, familias y autónomos. Aunque se trata de una Ley muy reciente, del año 2015, ya tenemos sentencias que son favorables al deudor, y sus deudas son eliminadas en su totalidad, pero es indispensable ser asesorados por abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, y cumplir todos los requisitos, y seguir paso a paso todo el procedimiento.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Casas de Haro.

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