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En ElimineDeuda.com somos abogados de Ley de Segunda Oportunidad en Cortes.

Es posible eliminar su deuda, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad.


En ElimineDeuda.com somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad en Cortes, y procedemos a actuar en favor de nuestros clientes aplicando dicha ley, la cual exige ciertos requisitos, asequibles para la gran mayoría de personas, y conseguimos que su deuda sea eliminada.

Puede consultar la Ley de Segunda Oportunidad aquí.

Así es, es posible y totalmente legal eliminar su deuda. Es posible volver a empezar, acabar con la pesadilla de las llamadas constantes de las entidades financieras y acreedores, nosotros desde ElimineDeuda.com nos encargamos de comunicar a todas las entidades financieras y acreedores su nueva situación concursal, con el inicio de su expediente, y por fin dejarán de llamarle.

1.Y usted se preguntará: ¿Pero de verdad es posible eliminar las deudas de una persona? 

Pues si, es totalmente legal y posible. La Ley de Segunda Oportunidad no es nueva, se creo hace unos 100 años en EEUU. El gobierno americano necesitaba que los ciudadanos endeudados vuelvan a estar dentro del sistema. Una persona endeudada se le obliga a permanecer fuera del sistema económico lo que le impide acceder al crédito, tiene deudas y suele estar en listados de morosos, no puede tener cuentas bancarias y se le obliga a trabajar en negro, sin cotizar, y sin pagar impuestos al gobierno. Esto es inaceptable para un estado, por tanto, el gobierno americano debía buscar una solución, a fin de que esos ciudadanos vuelvan a pagar impuestos y estar dentro del sistema fiscal. Así las cosas, creo esta Ley, que permitía y permite  eliminar totalmente las deudas.

Existen multitud de sentencias, en las cuales se elimina la deuda a personas, familias y autónomos.

Es posible volver a empezar, las deudas no son para siempre.

2.¿Pero estaré totalmente limpio? ¿Ya no estaré en los listados de morosos, tipo ASNEF o RAI?

Si, totalmente, así lo prevé la Ley de Segunda Oportunidad, en la sentencia se dictará que usted deberá ser eliminado de todo directorio de impagados, tipo ASNEF o RAI.

3. ¿Y como es el procedimiento? ¿Será aplicable a mi situación personal? ¿Cumplo con los requisitos necesarios para acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?

En una primera fase, hay que plantear a los acreedores (a las entidades que usted tiene deuda) un plan de pagos y viabilidad, donde se propone una quita o eliminación de gran parte de la deuda, por ejemplo, del 85 %, y el resto, 15%, en pagos aplazados hasta en 120 meses (10 años). Desde ElimineDeuda.com nos encargamos de todo, de realizar el plan de pagos y viabilidad, que acordaremos con usted, de enviárselo al mediador concursal designado, y de gestionar todo su expediente, a fin de conseguir la exoneración o eliminación de su deuda. Esta exoneración, se produce en el 90 % de los casos, un autentico éxito, y que desde ElimineDeuda.com nos sentimos con el deber cumplido a ver como nuestros clientes eliminan sus deudas, dejan de sentirse acosados por los cobradores de deuda y pueden volver a empezar. Usted si cumple con los requisitos, ya que la gran mayoría de personas endeudadas lo cumplen.

4. Tengo embargos en mi nómina, ¿Es posible paralizar dichos embargos?.

Si, así es. Una vez se inicia el procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), y ya sea en esa fase, o posteriormente, con la declaración de concurso por parte del Juzgado competente, se paralizarán con total seguridad todos los embargos que este recibiendo, ya sea como trabajador por cuenta ajena, recibidos en su nómina, como cualquier otro embargo que reciba, como podrían ser pagos de proveedores si es usted autónomo.

5. ¿Y como es el procedimiento?¿Como puedo iniciarlo?.

Este tipo de procedimiento es necesario iniciarlo con un ABOGADO experto en Ley de Segunda Oportunidad, en ElimineDeuda.com somos abogados especialistas, e iniciamos su expediente requiriéndole una serie de documentación que habrá que aportar a la solicitud de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) que se presentará en el notario más cercano a su domicilio, o al que usted designe según su comodidad. El notario se encargará de designar un mediador concursal a través del listado de mediadores concursales de que dispone el Ministerio de Justicia, y en espera de que este acepte el cargo. Una vez tengamos mediador concursal designado, este intentará mediar, entre nosotros y los acreedores, de forma que, con nuestra aportación de su plan de pagos y viabilidad, proceda a trasladarlo a los acreedores, y con la intención de llegar a un acuerdo.

6. ¿Y como es este posible acuerdo? ¿Podré pagarlo?

Siempre se llegará a un posible acuerdo que usted haya autorizado, nunca vamos a plantear un acuerdo de pago que usted no pueda cumplir, o que le imposibilite su vida diaria por ser demasiado alto e inasumible por su situación económica. El acuerdo se resume en una propuesta de quita (una quita es la eliminación de un % de la deuda), de forma que un posible acuerdo sería: 85 % de quita, y un 15 % restante a pagar hasta el 10 años o 120 meses.

7. ¿Es importante llegar a un acuerdo? ¿Y si no se llega a dicho acuerdo?

Si, es muy importante intentar llegar a un acuerdo. Ojo, tenga en cuenta que he dicho “intentar” llegar a un acuerdo. Es muy importante dicho intento, ya que el Juez o Jueza lo revisará posteriormente y será muy importante dicho intento para conceder o no la eliminación o exoneración de su deuda. Si no se llega a un acuerdo, el procedimiento iniciará la siguiente fase, la de concurso consecutivo, donde ya en vía judicial, se procederá a gestionar su expediente en el Juzgado, con sus diferentes fases, a fin de llegar a su finalización con la esperada sentencia donde su deuda podrá ser eliminada o exonerada por vía judicial, y no solo eso, sino que sus datos personales deberán desaparecer de los listados de morosos tipo asnef y rai.

8. ¿Existen sentencias que dicten la eliminación de las deudas?

Si, existen diferentes y multitud de sentencias que eliminan la deuda de personas, familias o autónomos. Es muy importante ser asesorados por abogados especialistas en aplicar la Ley de Segunda Oportunidad, ya que se ha de cumplir ciertos pasos y requisitos en el procedimiento, a fin de conseguir la eliminación de su deuda.

En ElimineDeuda.com Somos abogados especialistas en aplicar el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, y prestamos servicio en Cortes.

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